jueves, 4 de febrero de 2010

El CONI se queda con la cara partida: Valverde 1 - CONI 0

EFE.
La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso del Comité Olímpico Italiano (CONI) contra la decisión del juzgado que instruye la Operación Puerto y que hace un año declaró nulo todo el proceso de petición de pruebas hecho por este organismo ante la posible implicación del ciclista Alejandro Valverde en el caso.
En un auto con fecha del 18 de enero pasado, la Sección número 5 de la Audiencia Provincial defiende la nulidad del proceso al entender, igual que hizo el juzgado, que el CONI no es un organismo vinculado a la Administración de Justicia italiana y que las evidencias obtenidas se han se han empleado para "la indagación de un hecho ajeno a la investigación de un delito contra la salud pública".
La Audiencia sostiene en su resolución, contra la que no cabe recurso, que "la decisión del juez es plenamente ajustada a derecho", dado que "todavía no se ha cerrado la instrucción", ni "se ha determinado con la suficiente claridad la identidad de las personas contra las que se va a abrir el procedimiento sancionador y las conductas concretas que van a ser objeto del expediente".
El CONI sancionó durante dos años a Valverde para participar en pruebas en territorio italiano al considerar que el ADN del corredor, obtenido en un control de sangre por sorpresa en el Tour de Francia 2008, corresponde a una de las muestras requisadas en la bolsa de sangre número 18 incautada al doctor Eufemiano Fuentes en la investigación de la Operación Puerto.
Valverde, que no pudo participar en el pasado Tour de Francia por este castigo, recurrió la sanción al TAS, que celebró la audiencia del caso el pasado enero y se pronunciará sobre el mismo en marzo.

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